POLÍTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

1. Información de Reparadora RTD Colombia S.A.S. 

Para todos los efectos legales el Responsable del Tratamiento de la Información  Protegida será: 

REPARADORA RTD COLOMBIA S.A.S. (LA EMPRESA)

NIT. 901.198.964-3 

Teléfono: +57 60 1 3288949 

Dirección: Carrera 106 No. 15a 25 Manzana 23 Lote Interior 135, Bogotá D.C.,  Colombia 

Área Responsable: Área de Datos Personales 

Correo Electrónico: reparadoracol@resuelve.co 

Página web: https://www.latasa.com.co/ 

2. Marco Normativo. 

El marco legal y constitucional (en adelante el “Marco Normativo”) bajo el cual  se rigen las políticas para el tratamiento de información de REPARADORA RTD  COLOMBIA S.A.S. (en adelante las “Políticas”), es el siguiente: 

  • Constitución Política de Colombia, Artículo 15. 
  • Ley 1266 de 2008. 
  • Ley 1581 de 2012. 
  • Decretos Reglamentarios 1727 de 2009, 2952 de 2010 y 1377 de 2013.
  • Sentencias de la Corte Constitucional: C-1011 de 2008 y C-748 del 2011. 
  • Todas aquellas normas que modifiquen o adicionen las leyes y decretos aquí  listados.

3. Definiciones. 

Para los efectos del presente documento se tendrán como definiciones de los  términos utilizados, aquellas definiciones incluidas en el Marco Normativo, en  especial las leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, de  las cuales se incluyen las utilizadas expresamente en estas Políticas, de la  siguiente forma: 

(i) Ley 1266 de 2008 – Definiciones: 

a. Dato Personal: Es cualquier pieza de información vinculada a una o varias  personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una  persona natural o jurídica. Los datos impersonales no se sujetan al régimen de  protección de datos de la Ley 1266 de 2008. Cuando en la Ley 1266 de 2008 se  hace referencia a un dato, se presume que se trata de uso personal. Los datos  personales pueden ser públicos, semiprivados o privados. Para efectos de estas  Políticas, los Datos Personales definidos en la Ley 1266 de 2008 se  denominarán “Dato Personal Crediticio”, en el entendido que incorporan la  Información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de  terceros países, con el alcance dado por la Corte Constitucional mediante  Sentencia C-748 de 2011. En consecuencia, todo Dato Personal Crediticio será  exclusivamente cualquier información financiera o comercial destinada a  calcular el nivel de riesgo crediticio del Titular. 

b. Dato Semiprivado: Es semiprivado el dato que no tiene naturaleza íntima,  reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo  a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general,  como el dato financiero y crediticio de actividad comercial o de servicios a que  se refiere el Título IV de la Ley 1266 de 2008. 

c. Dato Privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es  relevante para el Titular. 

d. Información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de  terceros países: Para todos los efectos de la Ley 1266 de 2008, y de las  Políticas, se entenderá por información financiera, crediticia, comercial, de  servicios y la proveniente de terceros países, aquella referida al nacimiento,  ejecución y extinción de obligaciones dinerarias, independientemente de la  naturaleza del contrato que les dé origen. 

(ii) Ley 1581 de 2012 – Definiciones: 

a. Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una  o varias personas naturales determinadas o determinables. Para efectos de  estas Políticas, cuando se haga referencia al término “Datos Personales”, se 

entenderá exclusivamente realizada a los datos personales definidos en la Ley  1581 de 2012, con el alcance otorgada por esta. 

b. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que  por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de Datos Personales  por cuenta del Responsable del Tratamiento. 

c. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada,  que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la Base de Datos y/o el  Tratamiento de los datos. 

d. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre Datos  Personales (Ley 1581 de 2012), tales como la recolección, almacenamiento, uso,  circulación o supresión. Para efectos de estas Políticas se entenderá que el  Tratamiento abarca también la recolección, captura, almacenamiento, uso,  circulación, transmisión, transferencia o supresión de “Información Protegida“,  según se define este término en la Sección III del presente documento. 

(iii) Decreto 1377 de 2013 –Definiciones: 

a. Datos Sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la  intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales  como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las  convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos,  organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de  cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos  políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y  los datos biométricos. 

b. Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable  del Tratamiento y/o el Encargado del Tratamiento de Datos Personales, ubicado  en la República de Colombia, envía la información o los Datos Personales a un  receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o  fuera de la Republica de Colombia. 

c. Transmisión: Tratamiento de Datos Personales que implica la comunicación  de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando  tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado del  Tratamiento por cuenta del Responsable del Tratamiento. 

Las anteriores definiciones establecidas por las leyes 1266 de 2008 y 1581 de  2012 y el Decreto 1377 de 2013 serán aplicables y tendrán el alcance que en  cada norma se les otorga; en consecuencia, para efectos de su interpretación y  aplicación dentro las Políticas, es necesario tomar en consideración el sentido  y ámbito específico de cada concepto dentro de la norma correspondiente. El 

Marco Normativo forma parte integral de las Políticas, y en especial, las leyes  1266 de 2008 y 1581 de 2012, junto con el Decreto 1377 de 2013. 

Los demás términos definidos en el presente documento, tendrán el significado  que aquí se les asigna. 

4. Principios Orientadores de las Políticas. 

REPARADORA RTD COLOMBIA S.A.S (en adelante “LA EMPRESA”) y el GRUPO  EMPRESARIAL conformado por CAT 60 SAPI de CV, en su calidad de matriz del  grupo y por las empresas subordinadas Resuelve Tu Deuda Colombia  S.A.S y Respaldo Colombia S.A.S (en adelante el “GRUPO EMPRESARIAL”), en  el Tratamiento de la información recolectada de sus clientes, usuarios,  empleados, proveedores y subcontratistas, y de cualquier otro tercero (en  adelante los “Titulares“), sea que se trate de Datos Personales y/o Datos  Personales Crediticios (en adelante la “Información Protegida”), respeta los derechos de cada uno de estos sujetos, aplicando y garantizando los siguientes  principios orientadores de las Políticas: 

a. Principio de Legalidad: En el Tratamiento de la Información Protegida, se dará  aplicación a las disposiciones vigentes y aplicables, que rigen el Tratamiento de  la misma y demás derechos fundamentales conexos, incluyendo las  disposiciones contractuales pactadas por LA EMPRESA con los Titulares, según  corresponda. 

b. Principio de Libertad: El Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales  Crediticios, sólo se llevará a cabo con el consentimiento, previo, expreso e  informado del Titular. Los Datos Personales y Datos Personales Crediticios, que  no tengan el carácter de Datos Públicos, no podrán ser obtenidos o divulgados  sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal, estatutario, o judicial  que releve el consentimiento. 

c. Principio de Finalidad: El Tratamiento de la Información Protegida que no  tengan el carácter de Datos Públicos, a los que tenga acceso y sean acopiados  y recogidos por LA EMPRESA, estarán subordinados y atenderán una finalidad  legítima, la cual será informada al respectivo Titular de la Información  Protegida. 

d. Principio de Veracidad o Calidad: La Información Protegida sujeta a  Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y  comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos,  fraccionados o que induzcan a error. LA EMPRESA no será responsable frente  al Titular cuando sean objeto de Tratamiento, datos o información parcial,  incompleta o fraccionada o que induzca a error, entregada por el Titular sin que  existiera la forma de ser verificada la veracidad o calidad de la misma por parte de LA EMPRESA o la misma hubiere sido entregada o divulgada por el Titular  declarando o garantizando, de cualquier forma, su veracidad o calidad. 

e. Principio de Transparencia: En el Tratamiento de Información Protegida, se  garantizará el derecho del Titular a obtener de LA EMPRESA, en cualquier  momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de cualquier  tipo de Información Protegida que sea de su interés (legal, judicial o  contractualmente justificado) o titularidad. 

f. Principio de Acceso y Circulación Restringida: La Información Protegida no  estará disponible en Internet u otros medios de divulgación o comunicación  masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un  conocimiento restringido sólo a LA EMPRESA, GRUPO EMPRESARIAL, los  Titulares o terceros debidamente autorizados. Para estos propósitos la  obligación de LA EMPRESA, será de medio, según lo establece la normatividad  vigente. 

g. Principio de Seguridad: La Información Protegida bajo las Política sujeta a  Tratamiento por LA EMPRESA, será objeto de protección en la medida en que  los recursos técnicos y estándares mínimos así lo permitan, a través de la  adopción de medidas tecnológicas de protección, protocolos, y medidas  administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros y  repositorios electrónicos evitando su adulteración, modificación, pérdida,  consulta, y en general en contra de cualquier uso o acceso no autorizado. 

h. Principio de Confidencialidad: Todas y cada una de las personas que en LA  EMPRESA administran, manejen, actualicen o tengan acceso a Información  Protegida que no tenga el carácter de pública, y se encuentre en Sistemas de  Información o bases o bancos de datos de terceros debidamente autorizados,  se comprometen a conservar y mantener de manera estrictamente confidencial  y no revelar a terceros todas o cualesquiera de las informaciones personales,  comerciales, contables, técnicas, comerciales o de cualquier otro tipo  suministradas en la ejecución y ejercicio de sus funciones. 

LA EMPRESA y EL GRUPO EMPRESARIAL al cual pertenece, para el Tratamiento  de la Información Protegida podrán utilizar los sistemas de información y bases  de datos de propiedad de LA EMPRESA y del GRUPO EMPRESARIAL (en  adelante los “Sistemas de Información“). 

i. Principio de Temporalidad de la Información: En el caso de los Datos  Personales Crediticios, los mismos no serán suministrados a usuarios o  terceros cuando dejen de servir para la finalidad del banco de datos  correspondiente. 

5. Alcance de las Políticas.

Las presentes Políticas tendrán el mismo ámbito de aplicación consagrado en  las normas legales que forman parte del Marco Normativo, y se extenderán para  regular y consagrar las políticas generales e integrales de Tratamiento de  Información Protegida por parte de LA EMPRESA

En consecuencia, serán aplicables para todas las operaciones desarrolladas  por LA EMPRESA en Colombia, salvaguardando el eventual uso o Tratamiento  que de la Información Protegida realicen, en cumplimiento de los requisitos  legales, EL GRUPO EMPRESARIAL

En el evento que cualquiera de las Sociedades que conforman el GRUPO  EMPRESARIAL tenga acceso o realice el Tratamiento legítimo y autorizado de  Información Protegida de los Titulares, sin perjuicio de lo establecido en la  Sección X, se garantizará lo establecido la Sección III y V según les sea aplicable.  Frente a los Titulares, LA EMPRESA será el único responsable de garantizar el  cumplimiento de estas Políticas por parte del GRUPO EMPRESARIAL

6. Derechos de los Titulares. 

Los Titulares tendrán los derechos consagrados en el Marco Normativo y en los  contratos celebrados con LA EMPRESA, según les sean aplicables teniendo en  consideración la Información Protegida objeto de Tratamiento por parte de LA  EMPRESA y/o del GRUPO EMPRESARIAL

Los Titulares de los cuales se realice el Tratamiento de Datos Personales  tendrán específicamente los derechos previstos por la Ley 1581 de 2012,  concretamente pero sin limitarse a los descritos en el Artículo 8 y que se  enuncian a continuación: 

a. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los responsables  del tratamiento o encargados del tratamiento. Este derecho se podrá ejercer  frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a  error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido  autorizado. 

b. Solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable del tratamiento,  salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el tratamiento, de  conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012. 

c. Ser informado por el responsable del tratamiento o el encargado del  tratamiento, previa solicitud, respecto de la finalidad y tratamiento de sus datos  personales. 

d. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por  infracciones a lo dispuesto en las normas sobre datos personales cuando sus 

consultas o reclamos presentados directamente al titular no hayan sido  atendidos de forma completa u oportuna. 

e. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el  tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales  y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia  de Industria y Comercio haya determinado que en el tratamiento el responsable  o encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley 1581 de 2012 y a la  Constitución. 

f. Consultar de forma gratuita sus datos personales, al menos una vez cada mes  calendario y cuando se realicen modificaciones sustanciales de las políticas de  tratamiento de la información. 

Los Titulares de los cuales se realice el Tratamiento de Datos Personales  Crediticios tendrán específicamente los derechos previstos por la Ley 1266 de  2008, concretamente, pero sin limitarse a los descritos en el Artículo 6, y todas  aquellas normas que la reglamenten, adicionen o complementen. 

Para efectos de interpretación de las leyes y decretos que se expidan en la  materia, se tendrá como parámetro de interpretación legal y constitucional las  sentencias de la Corte Constitucional de Colombia. Los derechos de los  Titulares se interpretarán en armonía y en un plano de equilibrio con el derecho  a la información previsto en el Artículo 20 de la Constitución Política de 

Colombia y con los demás derechos constitucionales aplicables. 

Para toda aquella Información Protegida, que sea recolectada por LA  EMPRESA y/o EL GRUPO EMPRESARIAL al que pertenece, y que no tenga el  carácter de: (i) Datos Personales de carácter privado o semiprivado; y (ii) Datos  Personales Crediticios de carácter privado o semiprivado, los derechos de los  Titulares serán únicamente aquellos establecidos y pactados de manera  contractual con LA EMPRESA. En todo caso frente a esta información, LA  EMPRESA garantizará la seguridad y confidencialidad de la misma cuando esté  sujeta a ello y los principios orientadores de las Políticas que les sean  aplicables. 

Tratándose de información o datos de carácter público, LA  EMPRESA garantizará la veracidad y calidad de la información que ostenta esta  calidad y que repose en los Sistemas de Información. 

7. Finalidades del tratamiento de la información y datos personales LA EMPRESA podrá tratar los datos para los siguientes fines:

i. El desarrollo de todas las operaciones propias del objeto social de LA  EMPRESA, de sus aliados comerciales, de negocio y compañías que participan  en operaciones. 

ii. Actualizar, verificar y complementar datos personales y de contacto, tales  como celular, dirección, teléfono fijo y correo electrónico. 

iii. Administrar la información de contacto de las personas naturales y jurídicas  para las actividades propias del objeto social de la entidad. 

iv. Contactar a los titulares de los datos en virtud de la relación comercial o civil  existente con los mismos. 

v. Validar información para cumplimiento de las políticas internas acerca del  conocimiento del cliente y administración de riesgos SARLAFT. 

vi. Proveer o informar sobre los servicios y/o productos que ofrezca la compañía  directa y conjuntamente con sus aliados de negocios y los cambios que  implemente respecto a los mismos. 

vii. Realizar trámites administrativos internos, tales como reportes contables,  auditorías y facturación. 

viii. Enviar al correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil vía mensajes  de texto (SMS y/o MMS) o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital  creado o por crearse, información comercial, publicitaria sobre los productos  y/o servicios, eventos de tipo comercial o no de estos, con el fin de informar  sobre campañas de carácter comercial o publicitario, adelantados por la entidad  o conjuntamente con sus aliados de negocios. 

ix. Crear y alimentar bases de datos para los fines comerciales expuestos y en  general para el desarrollo del objeto social de LA EMPRESA

x. La atención de solicitudes, quejas y reclamos. 

xi. Conocer el comportamiento financiero, comercial y crediticio y el  cumplimiento de sus obligaciones legales de los titulares. 

xii. Ofrecer y prestar productos o servicios a través de cualquier medio o canal  de acuerdo con el perfil del cliente y los avances tecnológicos. 

xiii. Recibir información por parte del GRUPO RESUELVE respecto a campañas  comerciales actuales y futuras, promoción de productos y servicios tanto  propios como de terceros, y demás comunicaciones necesarias para mantener  comunicado y enterado al cliente mediante: llamada telefónica, mensaje de 

texto, correo electrónico, Facebook, Twitter, Instagram o cualquier red social de  integración o mensajería instantánea, entre otros. 

xiv. Recibir mensajes relacionados con la gestión de cobro y recuperación de  cartera, ya sea directamente o mediante un tercero contratado para tal función. 

xv. Efectuar análisis e investigaciones comerciales, estadísticas, de riesgos, de  mercado, interbancaria y financiera incluyendo contactar al cliente para estos  fines. 

xvi. Realizar encuestas de satisfacción concerniente a los servicios prestados  por el GRUPO RESUELVE

xvii. Enviar publicidad comercial, propia, de aliados y de Entidades Vinculadas. 

xviii. Transferir los datos personales a las entidades vinculadas, con el fin de ser  tratados para las finalidades descritas en esta autorización. 

xix. Ofrecer medios de financiación, y para esto verificar y analizar el  comportamiento crediticio actual e histórico del titular, estimar los niveles de  ingresos del titular, validar la identidad del titular y realizar estudios de crédito,  entre otros. 

Las personas obligadas a cumplir estas políticas deben respetar y garantizar los  siguientes derechos de los titulares de los datos: 

i. Conocer, actualizar y rectificar los datos. Para el efecto es necesario  establecer previamente la identificación de la persona para evitar que terceros  no autorizados accedan a los datos del titular del dato. 

ii. Obtener copia de la autorización del manejo de datos. 

iii. Obtener información sobre el uso que ha dado a los datos personales del  titular. 

iv. El Titular también podrá revocar la autorización y solicitar la supresión del  dato, cuando no exista un deber legal o contractual que le imponga el deber de  permanecer en la base de datos o archivo del Responsable o Encargado. 

v. Acceder en forma gratuita a sus datos personales. La información solicitada  por el titular. 

vi. Podrá ser suministrada por cualquier medio, incluyendo los electrónicos,  según lo requiera el titular. La información deberá ser de fácil lectura, sin 

barreras técnicas que impidan su acceso y deberá corresponder en un todo a  aquella que repose en la base de datos propio o de terceros. 

vii. Efectuar las gestiones pertinentes para el desarrollo de la etapa  precontractual, contractual y pos contractual con LA EMPRESA, respecto de  cualquiera de los productos o servicios ofrecidos por ésta, que haya o no  adquirido, así como dar cumplimiento a la ley colombiana o extranjera y a las  órdenes de autoridades judiciales o administrativas. 

viii. Recolectar y analizar información de visitantes al sitio web de LA EMPRESA

ix. Atención de dudas, sugerencias y recomendaciones respecto de los  productos comercializados y/o servicios prestados por LA EMPRESA

El tratamiento de la información y datos personales por parte de los  responsables y encargados se encuentra enmarcado en la garantía y respeto de  los principios de tratamiento definidos por la ley aplicable. Estos principios son  los principios de licitud, legalidad, libertad, transparencia, consentimiento,  información, calidad, acceso y circulación restringidos, finalidad, lealtad,  proporcionalidad, seguridad y confidencialidad. 

En el evento que LA EMPRESA solicite la entrega de datos personales, de  conformidad con la legislación vigente, la entrega de los mismos será  eminentemente facultativa del titular, y no serán exigidos de manera obligatoria. 

8. Deber General de LA EMPRESA en el Tratamiento de Información. 

LA EMPRESA de manera general, y de conformidad con el Marco Normativo, las  normas legales que regulan sus relaciones jurídicas con los Titulares, y en  especial, las obligaciones específicas que asume frente a los Titulares, tiene  como deber general en el Tratamiento de Información Protegida el respetar y  garantizar en todo momento los derechos propios de los Titulares, garantizando,  cuando sea aplicable y según el carácter de la información utilizada, la  confidencialidad, reserva, seguridad e integridad de la misma. 

9. Deberes Especiales de LA EMPRESA en su calidad de Responsable del  Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales Crediticios. 

Serán, entre otros, deberes especiales de LA EMPRESA, cuando actúe como  Responsable del Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales  Crediticios, los siguientes: 

i. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho  de hábeas data.

ii. Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorización otorgada por el  Titular, cuando se traten de Datos Personales y Datos Personales Crediticios  privados o semiprivado. 

iii. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los  derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada. 

iv. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para  impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o  fraudulento. 

v. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento  sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. 

vi. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del  Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le  haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la  información suministrada a este se mantenga actualizada. 

vii. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al  Encargado del Tratamiento. 

viii. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos  cuyo Tratamiento esté previamente autorizado. 

ix. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las  condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular. 

x. Tramitar las consultas y reclamos formulados. 

xi. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se  encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la  reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo. 

xii. Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos. 

xiii. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten  violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de  la información de los Titulares. 

10. Deberes Especiales de LA EMPRESA en su calidad de Encargado del  Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales Crediticios.

Si LA EMPRESA realiza el tratamiento de datos en nombre de otra entidad u  organización (Responsable del tratamiento) deberá cumplir los siguientes  deberes: 

i. Establecer que el Responsable del tratamiento esté autorizado para  suministrar los datos personales que tratará como Encargado. 

ii. Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho  de hábeas data. 

iii. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para  impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o  fraudulento. 

iv. Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los  datos. 

v. Actualizar la información reportada por los Responsables del tratamiento  dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de su recibo. 

vi. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares en los  términos señalados en la presente política. 

vii. Registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en  que se establece en la presente política. 

viii. Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial”  una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos  judiciales relacionados con la calidad del dato personal. 

ix. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el  titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria  y Comercio. 

x. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas autorizadas  por el titular o facultadas por la ley para dicho efecto. 

xi. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten  violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de  la información de los titulares cumplir las instrucciones y requerimientos que  imparta la Superintendencia de Industria y Comercio. 

11. Autorizaciones, Consentimiento y Medios.

El Tratamiento de Datos Personales y Datos Personales Crediticios privados o  semiprivados, por parte de LA EMPRESA y/o del GRUPO EMPRESARIAL,  requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del Titular. LA  EMPRESA en todo momento dejará constancia de la autorización entregada por  el Titular, a través de los medios idóneos que garanticen que la misma fue  otorgada de manera expresa, libre, previa e informada. 

Los fines y propósitos del Tratamiento de los Datos Personales y Datos  Personales Crediticios privados o semiprivados, siempre estarán de manera  clara y expresa, establecidos en aquellos medios idóneos, a través de los  cuales LA EMPRESA requiera la autorización de los Titulares. LA EMPRESA no  utilizará los Datos Personales y Datos Personales Crediticios privados o  semiprivados para fines distintos de los expresamente autorizados por los  Titulares. 

Estas Políticas podrán ser modificadas y adicionadas de tiempo en tiempo, en  cumplimiento de requerimientos establecidos por las normas legales  correspondientes. Las Políticas debidamente actualizadas, indicando la fecha  de actualización, estarán publicadas oportunamente en la página web de LA  EMPRESA

LA EMPRESA, bajo el Marco Normativo, no estará obligado a suprimir de sus  Sistemas de Información la Información Protegida, frente a la cual el Titular  tenga un deber legal o contractual con LA EMPRESA y/o GRUPO  EMPRESARIAL de permanecer en los Sistemas de Información. 

12. Seguridad de la Información. 

En desarrollo del Principio de Seguridad establecido en la normatividad vigente  y de conformidad con las obligaciones legales que LA EMPRESA posee, la  sociedad adoptará las medidas tecnológicas, operativas y administrativas que  sean necesarias para otorgar seguridad a los registros e Información Protegida  de los Titulares, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no  autorizado o fraudulento. 

13. Datos e Información Sensible. 

En el evento que LA EMPRESA, en el ejercicio de sus actividades propias, deba  realizar el Tratamiento de Datos Sensibles, dará cumplimiento a las pautas que  para ello se establecen en el Marco Normativo. 

14. Utilización y Transferencia Internacional de Información Protegida. 

En el evento que LA EMPRESA, en el ejercicio de sus actividades propias, utilice  o transfiera internacionalmente Información Protegida garantizará el cumplimiento de los principios aplicables establecidos en la Sección III de las  presentes Políticas. 

Cuando se trate de la transferencia de Datos Personales, LA EMPRESA dará  cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, en especial el Artículo 26,  y demás normas que lo modifiquen, adicionen o complementen. 

Concretamente LA EMPRESA, en el giro ordinario de sus negocios con  proveedores y clientes, y en su relación con los empleados directos que posee  en Colombia, por directriz de su casa matriz CAT 60 S.A.P.I de C.V. ubicada en  México, podrá incorporar la Información Protegida dentro de los Sistemas de  Información. LA EMPRESA, como Responsable del Tratamiento garantiza que  los Sistemas de Información cumplen en su integridad las Políticas y el Marco  Normativo, y en consecuencia, garantiza que cualquier Titular podrá: 

(i) conocer en cualquier momento la información que reposa en los Sistemas  de Información; (ii) solicitar la actualización o rectificación de los datos allí incorporados;  y (iii) solicitar, salvo en aquellos eventos previstos en la Sección VIII de las  Políticas, la supresión de sus datos notificando a LA EMPRESA, para lo cual se  seguirá el procedimiento establecido en la Sección XII del presente documento. 

15. Atención de Reclamos y Consultas. 

El Titular o sus causahabientes que consideren que la información protegida  contenida en un sistema de información, o en una base de datos, debe ser objeto  de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto  incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en el Marco Normativo,  podrán presentar un reclamo o solicitud ante LA EMPRESA, el cual será  tramitado bajo las siguientes reglas: 

El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida a LA EMPRESA remitiéndola  en una primera instancia a través del siguiente correo electrónico habilitado para  el efecto por LA EMPRESA: reparadoracol@resuelve.co (en adelante el “Correo  Electrónico Autorizado”), con la identificación del titular, la descripción de los  hechos que dan lugar al reclamo y la dirección, acompañando los documentos  que se quiera hacer valer. 

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco  (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas.  Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el  solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del  reclamo.

En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará  traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e  informará la situación al interesado. 

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles  contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere  posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado  los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en  ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento  del primer término. 

Sin perjuicio de lo anterior, y en el evento que no haya sido atendida su solicitud  o reclamo por parte de LA EMPRESA, podrá en todo caso acudir posteriormente  en una segunda instancia, ante la Superintendencia de Industria y Comercio  (www.sic.gov.co). En dicho evento, para la presentación del reclamo ante la  Superintendencia de Industria y Comercio se tomará en consideración la  naturaleza de la información, siendo procedente cuando dicha información: (i) no tenga el carácter de información pública o se trate de un dato público, y (ii) LA  EMPRESA esté en violación de los principios aplicables para la información  pública o del dato público. 

16. Vigencia. 

Con miras a mantener la vigencia de la política, LA EMPRESA puede ajustarla y  modificarla, indicando la fecha de la actualización en la página web o mediante  el empleo de otros medios, como materiales físicos en los puntos de venta, etc.

Soliciitar

Calle 73 #11-12 oficina 201. Bogotá, Colombia.

© La Tasa 2022, All Rights Reserved

Calle 73 #11-12 oficina 201. Bogotá, Colombia.

Formulario de Consultas y Reclamos